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Elección del nuevo Defensor del Pueblo se encuentra totalmente dentro del marco legal y las normas de la Asamblea Legislativa

Asambleístas de la oposición protestaron por el resultado de la elección del Defensor del Pueblo el día viernes, y anunciaron que llevarán sus quejas ante organismos internacionales. Sin embargo, el gobierno explicó que la elección se dio completamente en el marco de la legalidad y respetando los procedimientos correspondientes.

– La designación del Defensor del Pueblo requerirá de convocatoria pública previa y calificación de capacidad profesional y méritos a través de concurso público, entre personas reconocidas por su trayectoria en la defensa de los derechos humanos. Este requisito fue cumplido, siendo que la oposición participó activamente en el proceso de selección de los candidatos.

– Elección por dos tercios. El artículo 220 de la Constitución Política del Estado dice que la Defensora o el Defensor del Pueblo se designará por al menos dos tercios de los presentes en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Esto también fue cumplido, pues 128 parlamentarios asistieron al hemiciclo, 97 parlamentarios emitieron su voto a favor del candidato Pedro Callisaya, dos parlamentarios votaron en blanco. Los dos tercios sumaban 85 votos.

– Acerca del cambio en la orden del día, esta fue propuesta y posteriormente respaldada por dos tercios de los asistentes, lo cual también está dentro de la normativa. En este sentido, la elección del Defensor del Pueblo está enmarcada en el Reglamento General de la Cámara de Diputados y la Constitución Política del Estado, por lo que está apegada al derecho y se encuentra dentro de un marco jurídico.

Asimismo, el nuevo Defensor del Pueblo posee suficiente formación y experiencia para ocupar el cargo. Más datos sobre él pueden encontrarse en un anterior artículo de El Radar. 

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