El Relator Especial para la Independencia de Jueces y Abogados de las Naciones Unidas, Diego García-Sayán, dio a conocer este miércoles 25 de mayo el informe final de su visita realizada a Bolivia en febrero de este año, en el que hace mención al “drama de la impunidad” que afecta a las víctimas de las graves vulneraciones de los derechos humanos suscitadas entre 2019 y 2020.
En relación a la situación judicial de la exsenadora Jeanine Áñez, el informe prevé “que la Misión Técnica haga seguimiento a casos de crímenes de lesa humanidad como los vinculados a la crisis de 2019-2020; causas contra miembros del Poder Judicial y del Tribunal Electoral, entidades de creación constitucional, el Poder Ejecutivo”, en alusión a los procesos contra Áñez.
Esta medida fue asumida para preservar el cumplimiento y observación de “las garantías judiciales y el debido proceso en este y los demás casos”, según el documento.
El caso Áñez no fue destacado como “ejemplo de injerencia”, el informe se refiere a la exsenadora en el párrafo 87 de la página 15 en los siguientes términos:
“87. Jeanine Áñez, quien ejerció la presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia entre noviembre de 2019 y noviembre de 2020, se encuentra en prisión preventiva desde marzo de 2021. Enfrenta dos procesos penales por hechos ocurridos en 2019. En el proceso denominado Golpe de Estado I, fue imputada, junto con otros actores, por los delitos de sedición, conspiración y terrorismo. En el Golpe de Estado II, se encuentra imputada por incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a las leyes y la Constitución. Estos juicios han capturado la atención de la opinión pública en el país y en el extranjero. Tomando en consideración que la Sra.Áñez cumplía una huelga de hambre durante la visita del Relator Especial al Estado Plurinacional de Bolivia, este pudo ser testigo del ambiente de confrontación y preocupación que rodea el caso”.
En el capítulo de recomendaciones, en el punto 122 de la página 19, García Sayán señaló: “Con respecto a la crisis sociopolítica de 2019-2020, el Ministerio Público debe avanzar sin demora en las investigaciones de oficio, sin hacer recaer la iniciativa o carga probatoria en las víctimas, sus familiares o sus representantes. Debe garantizarse la celeridad y eficacia de la investigación y el derecho de las víctimas a participar”.